{"id":3794,"date":"2026-09-22T19:03:39","date_gmt":"2026-09-22T19:03:39","guid":{"rendered":"https:\/\/avcnoticias.com\/?p=3794"},"modified":"2026-10-04T16:28:33","modified_gmt":"2026-10-04T16:28:33","slug":"expide-congreso-la-ley-del-instituto-del-fondo-estatal-de-vivienda-para-las-personas-trabajadoras-al-servicio-del-estado-de-chihuahua","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/avcnoticias.com\/?p=3794","title":{"rendered":"Expide Congreso la Ley del Instituto del Fondo Estatal de Vivienda para las Personas Trabajadoras al Servicio del Estado de Chihuahua"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Congreso de Chihuahua en Sesi\u00f3n Ordinaria expidi\u00f3 la Ley del Instituto del Fondo Estatal de Vivienda para las Personas Trabajadoras al Servicio del Estado, como mecanismo para que tengan mayores alternativas para acceder a una vivienda digna, mediante la creaci\u00f3n del Instituto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La nueva Ley establece las bases para la operaci\u00f3n del organismo p\u00fablico descentralizado antes mencionado, el cual estar\u00e1 dotado de personalidad jur\u00eddica, patrimonio propio y autonom\u00eda t\u00e9cnica y de gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dentro del dictamen presentado por el diputado \u00d3scar Daniel Avitia Arellanes, presidente de la Comisi\u00f3n de Trabajo y Previsi\u00f3n Social, se detall\u00f3 que esta Ley surge de la necesidad de contar con una estructura administrativa y un marco jur\u00eddico espec\u00edfico que permita a las y los trabajadores del Estado acceder a un fondo destinado a facilitar la adquisici\u00f3n de vivienda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre los objetivos de esta nueva legislaci\u00f3n se encuentra el establecer lineamientos generales de la pol\u00edtica de vivienda, as\u00ed como programas, instrumentos y apoyos para la producci\u00f3n de vivienda en la entidad; implementar un ordenamiento jur\u00eddico que regule y promueva los programas, instrumentos, apoyos y acciones de los sectores p\u00fablico, privado y social dirigidas a garantizar el derecho a una vivienda digna y decorosa para las personas trabajadoras al servicio del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Regular la organizaci\u00f3n administraci\u00f3n, operaci\u00f3n, desarrollo, control, vigilancia y rendici\u00f3n de cuentas del Instituto, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones; adem\u00e1s, establecer y aplicar criterios de apoyo y fomento para la construcci\u00f3n, la compra o la renta de vivienda en la Entidad, y establecer las competencias y responsabilidades particulares de los \u00f3rganos de gobierno para asegurar el cumplimiento de su obligaci\u00f3n de respetar, garantizar, proteger y fomentar el derecho de las Personas Trabajadoras a una vivienda digna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s,el Instituto deber\u00e1 implementar y operar un sistema de financiamiento mediante el cual se otorgue cr\u00e9dito barato y suficiente a las Personas Trabajadoras<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El patrimonio del Instituto se integrar\u00e1 con las aportaciones en numerario, servicios y subsidios que proporcione el Gobierno Federal, el Gobierno Estatal y\/o los sectores privado y social; los ingresos que obtenga motivo de los servicios que preste, tanto a particulares como entes p\u00fablicos de los tres \u00f3rdenes de gobierno, los cuales se determinar\u00e1n en los t\u00e9rminos de las pol\u00edticas que emita el Consejo de Administraci\u00f3n; adem\u00e1s con los montos que se obtengan de las actualizaciones, recargos, sanciones y multas; los cr\u00e9ditos que obtenga; los bienes y derechos que adquiera por cualquier t\u00edtulo; los rendimientos que obtenga de la inversi\u00f3n de los recursos, y cualquier otra percepci\u00f3n que obtenga el Instituto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las aportaciones del empleador a la cuenta individual de vivienda ser\u00e1n patrimonio de las personas trabajadoras y en su conjunto conformar\u00e1n el Fondo Estatal de Vivienda para las Personas Trabajadoras al Servicio del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ahora bien, el instituto contar\u00e1 con un \u00d3rgano Interno de Control con autonom\u00eda t\u00e9cnica y de gesti\u00f3n y desarrollar\u00e1 sus funciones conforme a los reglamentos y\/o lineamientos aplicables, as\u00ed como los que emita el Consejo; entre sus atribuciones, est\u00e1 el de fiscalizar y verificar el ejercicio de gasto del Instituto se realice de manera adecuada, realizar los informes correspondientes de las revisiones y auditor\u00edas realizadas para verificar la correcta aplicaci\u00f3n de los recursos y bienes, as\u00ed como evaluar los informes de avance de la gesti\u00f3n financiera de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos, entre otras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En materia de cr\u00e9ditos, la iniciativa prev\u00e9 que las personas derechohabientes puedan elegir vivienda nueva o existente, o suelo destinado a la construcci\u00f3n, reparaci\u00f3n o ampliaci\u00f3n y tambi\u00e9n contempla esquemas de cofinanciamiento con instituciones financieras y la posibilidad de acceder a cr\u00e9ditos subsecuentes una vez liquidado el financiamiento anterior.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Conforme a lo planteado en los art\u00edculos transitorios, el Ejecutivo Estatal tendr\u00e1 con 190 d\u00edas h\u00e1biles para presentar el marco normativo correspondiente. Asimismo, las aportaciones comenzar\u00edan a causarse a partir de la creaci\u00f3n del Instituto y el primer Consejo Directivo deber\u00e1 instalarse con motivo de la transmisi\u00f3n del Poder Ejecutivo Estatal de 2027.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el primer a\u00f1o de servicios del Instituto se deber\u00e1 priorizar el otorgamiento de cr\u00e9ditos a las personas trabajadoras que no tengan vivienda propia y que cuenten con menores niveles salariales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Congreso de Chihuahua en Sesi\u00f3n Ordinaria expidi\u00f3 la Ley del Instituto del Fondo&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_lmt_disableupdate":"","_lmt_disable":"","footnotes":""},"categories":[16],"tags":[24,25],"class_list":["post-3794","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-estatal","tag-congreso-del-estado","tag-congreso-del-estado-de-chihuahua"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3794","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3794"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3794\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3794"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3794"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/avcnoticias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3794"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}