• Se plantea que responsables de ese delito no podrán beneficiarse de conmutación de penas ni libertad anticipada
La diputada Fabiola Rafael Dircio (PRD) propuso reformar el artículo 205 del Código Penal Federal para tipificar el delito de matrimonio infantil forzado.
La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, señala que se entenderá por matrimonio forzado, quien obligue a contraer matrimonio a una persona, de manera gratuita o a cambio de pago en dinero o en especie entregada a sus padres, tutor, familia o a cualquier otra persona o grupo de personas que ejerza una autoridad sobre ella.
Además, que serán responsables de este delito los padres, tutores o la persona o grupo de personas que ejerza una autoridad sobre la víctima, así como la persona que entregue el dinero o dádiva para la consecución de dicho fin, y no podrán ser objeto de medidas tales como substitución y conmutación de sanciones, libertad preparatoria y anticipada.
En su exposición de motivos señala que, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2020 en México se celebraron 25 matrimonios en los que al menos uno de los contrayentes era menor de edad y en 2021 fueron 48, siendo las entidades con el mayor porcentaje de menores de edad en esa condición Durango, con 14, Chihuahua, con nueve, Michoacán de Ocampo, cinco, y Sonora y Puebla, cuatro cada una.