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Amplia Secretaría de Desarrollo Rural prórroga para la convocatoria “Fomento Agrícola”

Con el objetivo de impactar benéficamente al sector agrícola

por Redacción

El Gobierno del Estado, a través de la Secretaria de Desarrollo amplía la prórroga de la convocatoria “Fomento Agrícola”, con el objetivo de impactar benéficamente al sector agrícola y dar pie a la creación de huertos productivos para el fortalecimiento a las unidades de producción frutícola, para mejorar la competitividad en los mercados nacionales e internacionales.

Mediante el programa de fomento agrícola, se busca incrementar la producción frutícola con base en los ciclos de producción y condiciones climatológicas de cada región

Serán elegibles para obtener los apoyos de componente las y los productores de nuestro estado, que preferentemente que se dediquen o deseen reconvertir sus predios a la fruticultura.

s requisitos para poder participar en la convocatoria son los siguientes:

Personas físicas

  1. Ser mayor de edad
  2. Solicitud de apoyo (anexo A)
  3. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);
  4. CURP; en casos en que la identificación contenga CURP, no será necesario presentar esta;
  5. Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores s la fecha de su presentación de su solicitud de apoyo.
  6. Constancia de propiedad posesión del predio agrícola (escritura pública, título de propiedad, certificado parcelario o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso, constancia de posesión emitida por el comisariado ejidal, así como constancia de posesión suscrita por el Gobernador Indígena) los requisitos legales que establezcan las leyes en la materia.

En caso de que la persona física este representada, la o el mandatario y/o la o el apoderado legal deberá cumplir, además, con los siguientes requisitos documentales:

  1. Poder o Carta poder para gestión de apoyos (ratificada ante la o el Fedatario Público);
  2. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional, cédula profesional, licencia de conducir, matrícula consular, credencial del INAPAM vigente, constancia de identidad expedida por la Presidencia Municipal correspondiente);
  3. CURP; y Comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono, predial, agua), cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores a la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.

Personas morales

  1. Acta de asamblea constitutiva, así como, el acta de asamblea en la que conste la designación de la persona o personas que ostenten la representación legal, con la lista de asistencia y de firmas, ambos instrumentos deberán estar debidamente protocolizados ente la o el Notario Público e inscritos en el Registro Publico de la Propiedad correspondiente;
  2. Identificación oficial vigente y CURP de la persona que se ostente como representante legal;
  3. Comprobante de domicilio de quien solicita (recibo de luz, teléfono, predial, agua, entre otros), o constancia de residencia expedida por el ayuntamiento que corresponda, cuya vigencia no podrá exceder de seis meses anteriores s la fecha de presentación de su solicitud de apoyo.
  4. Acreditación de predio, mediante constancia de propiedad o posesión (escritura pública, título de propiedad, o bien el contrato de arrendamiento o comodato en su caso), mimas que para su validez deberán cumplir con los requisitos que establezcan las leyes en la materia.

En todos los casos la persona solicitante deberá firmar el Aviso de Privacidad (anexo B) e incorporarlo a la documentación que se acompañe a la solicitud.

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